El derecho familiar alimentos se refiere a la rama del derecho que aborda la obligación legal de proporcionar apoyo económico a los miembros de una familia
Cuando hablamos del derecho familiar alimentos, hablamos de la provisión de alimentos que es uno de los pilares fundamentales del derecho de familia, es una garantía para aquellas personas que, por algunas razones ajenas a su voluntad, no pueden estabilizarse por ellas mismas, nosotros queremos hablarte acerca del derecho familiar alimentos, las obligaciones y derechos que tienen los padres o conyugues en esta materia.
Lo que primero queremos comentarte es que el derecho familiar alimentos, es de orden público y por lo tanto es al Estado al que le corresponde cuidar se vele por la integridad de los miembros de la familia. Y es que hay que considerar que el derecho a los alimentos, es muy importante y es el derecho de todo ser humano y cuando hablamos del derecho familiar alimentos, no sólo nos referimos a la comida, este derecho definitivamente va más allá, ya que desde el punto de vista legal es la comida, educación, techo, asistencia médica, en fin, se habla de todo aquello que satisface las necesidades de los individuos o miembros del núcleo familiar, para que vivan con calidad y dignidad.
Dentro del derecho familiar alimentos, existen aún ideas erróneas, como el hecho de que los hijos únicamente deben de reclamarlo al padre varón, es decir, que sólo él es quien tiene la obligación de proporcionarlo, así como la idea incorrecta de que ese derecho familiar alimentos, sólo puede reclamarse por causa de un divorcio y es incorrecto porque ese derecho nace a partir de la filiación, es decir que todos los miembros de la familia tienen derecho de recibirlos y obligación de otorgarlos.
Es decir, el derecho familiar alimentos es un derecho que es recíproco, es decir, el que da, tiene también el derecho a pedirlos.
Si tienes duda de ¿quién otorga el derecho familiar alimentos?, pues te comentamos que se pactan por convenio o bien en su caso por decisión de un Juez, mediante las leyes procesales que se apliquen y definitivamente no es renunciable.
Dentro del derecho familiar alimentos, existen términos como son pensión alimenticia, que se refiere al monto económico que será otorgado por el deudor alimentario, que es la persona que lo otorgará al acreedor alimentario, que es quien la recibirá.
Y el derecho familiar alimentos, es fijado atendiendo al principio de proporcionalidad de la obligación alimentaria, es decir a la posibilidad que tenga quien otorgará los alimentos y la necesidad de quien los va a recibir.
Por otro lado, puede existir la situación en la que el derecho familiar alimentos, pueda ser otorgado por varios miembros de la familia, por lo que el monto que se otorgará, será repartido por el Juez dependiendo de las posibilidades de cada miembro, tomando en consideración las circunstancias de cada caso.
Si hablamos en cuanto a la ley familiar, podemos observar que existen varios artículos los cuales mencionan a los sujetos obligados a dar alimentos dentro del derecho familiar alimentos, siendo éstos:
- Los cónyuges, dentro del artículo 267 fracción III y 302 del Código Civil vigente, en donde en caso de divorcio, tienen la obligación de darse alimentos, pero esa obligación puede anularse por diversos motivos como son: que el acreedor contraiga nuevas nupcias, que se una en concubinato, o bien se demuestre que cuenta el acreedor alimentario con un ingreso con el cual pueda satisfacer sus necesidades.
- Los padres, dentro del artículo 303 del Código Civil vigente, donde se menciona que tienen la obligación de dar alimentos a sus hijos y en caso de fallecimiento o bien alguna imposibilidad de otorgarlos, en quienes recae la obligación es en los ascendientes por ambas líneas, en los hermanos o bien en parientes colaterales hasta cuarto grado del o los acreedores alimentarios.
- Los hijos, dentro del artículo 304 del Código Civil vigente, se menciona que los hijos se encuentran obligados a darle alimento a los padres, en caso de imposibilidad para hacerlo, recaería en las siguientes personas: descendientes más próximos, hermanos o bien parientes colaterales hasta el tercer grado.
Ahora bien, el derecho familiar alimentos, la obligación de éstos surge a partir de la concepción de los hijos, hasta la mayoría de edad o bien si tienen alguna incapacidad para trabajar o se encuentran estudiando una carrera.
Si nos preguntamos acerca de lo que puede ser el aumento del derecho familiar alimentos, pues te comentamos que éste puede aumentar de acuerdo al aumento porcentual del salario mínimo vigente, con excepción del caso en el que no hayan aumentado y eso debe ser comprobado.
Existen varios actores que pueden llevar a cabo acciones para que se dé el derecho familiar alimentos y éstos son: el acreedor de los alimentos, el Ministerio Público, el tutor, quien ejerza la guarda y custodia, hermanos y parientes colaterales hasta el cuarto grado, entre otros, por lo que es un derecho que como vemos, puede ser velado por varias personas.
En la actualidad vemos que el derecho familiar alimentos, es un concepto muy sonado y muy peleado, ya que lamentablemente nos encontramos con una sociedad poco empática a la situación del derecho familiar alimentos y por supuesto poco responsable, sin embargo, se comienzan a tomar cartas en el asunto para que los obligados alimentarios no dejen a un lado su papel, y así el derecho familiar alimentos se pueda brindar en con calidad, armonía y adecuación a los gustos, hábitos, situación socioeconómica tanto del obligado como del acreedor.
Y es que el derecho familiar alimentos, no es renunciable, ni puede ser objeto de transacción, siendo la obligación recíproca.
Es triste ver que, en México, tres de cada cuatro hijos de padres separados no reciben pensión alimenticia, así como el 68% de las madres solteras tampoco la reciben, siendo que el derecho familiar alimentos, es ineludible.
Por eso el tema del derecho familiar alimentos, comienza a ser controversial y cada día se incentiva a la creación de nuevas leyes y procedimientos que obliguen a que los responsables que otorgar el derecho familiar alimentos, cumplan con su obligación.
Si te encuentras en una situación en la que requieras se te sea otorgado el derecho familiar alimentos, nosotros con gusto podemos asesorarte, en Aptis contamos con los mejores abogados especialistas en derecho familiar, con amplia experiencia en el ramo. Estamos seguros de poder resolver tu asunto de la mejor manera, con nuestra experiencia y profesionalismo. No lo dudes y contáctanos.
Escribir comentario